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El futuro impuesto mínimo del 15% a las multinacionales anuncia el fin de los impuestos bancarios y energéticos

El Ministerio de Hacienda ha publicado esta semana la propuesta de impuesto mínimo global del 15% para asociaciones empresariales multinacionales y grandes grupos nacionales en la UE, un tributo que podría suponer el fin del tipo temporal para empresas energéticas y banco aprobado a finales de 2022.

Este impuesto del 15%, acordado en el seno de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), está incluido en un proyecto de ley de transposición de una directiva europea y se estima que será enviado al Congreso en las próximas semanas para iniciar su tramitación parlamentaria. revisar. proceso.

Tal y como ha anunciado al Congreso el secretario de Estado de Hacienda, Jesús Gascón, en cuanto entre en vigor este nuevo impuesto de sociedades mínimo del 15%, el Gobierno replanteará la continuidad de los impuestos a las empresas energéticas y al sector financiero.

Durante su comparecencia ante la Comisión de Hacienda y Función Pública del Congreso, el secretario de Estado ha señalado que el futuro Impuesto sobre Sociedades, aún sin fechas oficiales, podría entrar en vigor en 2024, momento en el que se determinará la compatibilidad de esta tributación con el sector energético y financiero recientemente aprobado.

En 2024, también es la fecha límite para los impuestos bancarios y energéticos. Sin embargo, en noviembre del año pasado y en plena tramitación de los Presupuestos Generales del Estado (PGE), el Gobierno de coalición llegó a un acuerdo con EH Bildu para valorar la posibilidad de dar carácter permanente a estos impuestos.

CONVENIO DE 136 PAÍSES POR EL IMPUESTO

La OCDE ha llegado a un acuerdo con 136 países para aplicar la imposición mínima a las empresas multinacionales. Sin embargo, este acuerdo ahora debe ser implementado y modificado a nivel jurisdiccional en los países signatarios.

El acuerdo global se centra en dos pilares de acción. El primer pilar incluye multinacionales cuya facturación global supera los 20.000 millones de euros y cuya rentabilidad supera el 10%, excluyendo las empresas extractivas (petróleo o minería) y los servicios financieros regulados.

El segundo pilar cubre las empresas que tienen una facturación agregada de 750 millones de euros o más y establece que la tasa mínima del impuesto de sociedades es del 15% en todas las jurisdicciones que se unan al acuerdo.

Hildelita Carrera Cedillo

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