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El Gobierno prorroga hasta 2024 el blindaje de empresas estratégicas y la moratoria contable

El Gobierno prorroga hasta 2024 el blindaje de empresas estratégicas y la moratoria contable

El Consejo de Ministros aprobó este martes la prórroga por dos años más, hasta finales de 2024, del blindaje de empresas estratégicas, conocido comúnmente como escudo «antiopas», y la prórroga de la moratoria contable.

El Real Decreto-ley de medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania prevé, por un lado, la prórroga por dos años más, hasta finales de 2024, del blindaje de empresas estratégicas.

En 2020, en plena pandemia del Covid-19, el ejecutivo lanzó este escudo con el fin de proteger a las empresas consideradas estratégicas tras la sanción que recibieron en bolsa.

En noviembre del año pasado, el Consejo de Ministros ya prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2022 el blindaje de empresas estratégicas a través de un real decreto que incluía la prórroga de otras medidas de respuesta a la pandemia, con el objetivo de proteger la seguridad, la salud y el orden público , así como para garantizar la seguridad jurídica de los operadores económicos.

La medida deja así en manos del Gobierno la autorización de inversiones extranjeras en empresas cotizadas estratégicas de las que se prevea superar el 10% del capital, así como en aquellas no cotizadas cuya inversión supere los 500 millones de euros.

Le «bouclier» susmentionné laissait entre les mains de l’exécutif l’autorisation préalable à des opérations telles que l’achat d’Euskaltel par MásMóvil ou l’offre publique d’achat d’IFM à Naturgy, dont l’autorisation était conditionnée , Entre otros.

SE EXTIENDE LA MORATORIA CONTABLE

Por su parte, el real decreto-ley también recoge la prórroga durante los años 2022, 2023 y 2024 de la moratoria contable. Esto no significa extender la moratoria contable para las pérdidas de 2022, 2023 y 2024, sino que las pérdidas de 2020 y 2021 tendrán hasta 2024 para reajustar sus saldos.

Ello implica no considerar las pérdidas sufridas en 2020 y 2021 como causa de disolución por pérdidas prevista en la ley de sociedades de capital, con el objeto de que las sociedades viables dispongan de tiempo suficiente y definitivo para normalizar su situación.

Andrés Vargas

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