Icono del sitio 911 Noticias

Facua advierte de que los alimentos afectados por el recorte del IVA no pueden subir de precio en al menos 4 meses

Facua advierte de que los alimentos afectados por el recorte del IVA no pueden subir de precio en al menos 4 meses

Facua-Consumidores en Acción ha advertido de que los establecimientos no podrán subir los precios de los alimentos afectados por la bajada del IVA durante al menos cuatro meses, plazo que se ampliará a seis si el IVA de base de marzo no es inferior al 5,5%, tal y como se recoge en un informe.

El secretario general de la asociación, Rubén Sánchez, indicó que si bien el impacto a la baja que tendrá la reducción del IVA en los gastos mensuales de las familias será muy pequeño, lo más importante de la medida es que implica congelar los precios de los productos en cuestión hasta finales de abril o, en caso de prórroga, hasta finales de junio.

“En cualquier caso, los establecimientos pueden rebajar los precios de estos alimentos durante estos meses, pero nunca incrementarlos a niveles superiores a los marcados el 31 de diciembre tras descontar la reducción fiscal, salvo en el caso de incremento de sus costes”, ha señalado Sánchez.

Tal y como recoge el artículo 72 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, el apartado 3 establece que “la reducción del tipo impositivo beneficiará íntegramente al consumidor, sin que, por tanto, el importe de la reducción pueda destinarse totalmente o parcialmente para incrementar el margen de beneficio de la empresa con el consiguiente aumento de precios en la cadena de producción, distribución o consumo de los productos”.

“La eficacia de esta medida se verificará a través de un sistema de seguimiento de la evolución de los precios, con independencia de las actuaciones que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) esté obligada a realizar en el marco de sus atribuciones”, leemos en dicho columna. .

De esta forma, la organización de consumidores ha mostrado su esperanza de que la competencia desarrolle y haga un seguimiento de los precios de estos alimentos desde la última semana de diciembre para controlar el cumplimiento de la norma.

Así, Facua exigió a las autoridades de protección al consumidor de las comunidades autónomas que también apliquen controles de precios y trasladen a la CNMC las irregularidades que detecten.

Asimismo, el organismo instó a los consumidores a que informen a la CNMC de los establecimientos que no afecten a la reducción del IVA en el precio de los productos alimenticios afectados por la medida o en los que se apliquen incrementos durante este periodo si tienen constancia de ello, como fotografías de su importe en las distintas fechas o recibos de compra.

El ejecutivo de Pedro Sánchez anunció la semana pasada que a partir del 1 de enero se aplicará el 0% de IVA a los siguientes alimentos a los que se les ha cobrado el 4%, como el pan común, la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinado exclusivamente a la elaboración de pan común, harina panificable, leche, queso, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, mientras que se rebaja del 10% al 5% el IVA en los aceites de oliva y de semillas y en las pastas.

El artículo 72 del Real Decreto-ley especifica que el IVA del 4% y del 10% se volverá a aplicar a estos productos alimenticios el 1 de mayo «en el caso de que la tasa de inflación interanual subyacente del mes de marzo, publicada en abril, fuera inferior a superior al 5,5%”. De no ser así, la medida seguirá vigente hasta finales de junio, precisaron a Facua.

Andrés Vargas

Salir de la versión móvil