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La Corte Suprema de Justicia de Venezuela dictamina que la homosexualidad dejará de ser un delito en las fuerzas armadas

(CNN Español) — La Sala Constitucional del máximo tribunal de Venezuela derogó este jueves la disposición contenida en el artículo 565 del Código Orgánico de Justicia Militar, argumentando que carece de la suficiente claridad y precisión jurídica respecto de la conducta que pretendía sancionar a los militares que cometieron «actos sexuales contra natura».

La norma impuso una pena de 1 a 3 años de prisión y no definió qué actos podrían resultar en una condena.

El recurso de nulidad fue presentado ante la Corte Suprema por el mediador, Alfredo Ruiz Angulo.

La Corte Suprema agregó en el comunicado que “si bien se entendieran actos sexuales antinaturales como aquellos que no tienen por objeto la reproducción, dicha interpretación, a la luz de las concepciones científicas, sociales y jurídicas vigentes, no es compatible con la Constitución ni con los instrumentos internacionales válidamente”. firmado y ratificado por la República, sobre todo, por ser contrario al postulado fundamental de la progresividad en la garantía de los derechos humanos”.

El artículo había sido cuestionado por organizaciones venezolanas de derechos humanos como PROVEA y Acceso a la Justicia, que se hicieron eco de la noticia, señalando que el matrimonio igualitario, el cambio de identidad de género y la donación de sangre siguen prohibidos para las personas de la comunidad LGBT+.

Hildelita Carrera Cedillo

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