La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) animó a seguir reclamando por revolving y también a los consumidores que, con independencia del interés aplicado a sus tarjetas, consideren que fueron contratadas con falta de transparencia por parte de su entidad.
A través de una nota de prensa, la organización apunta al nuevo criterio del Tribunal Supremo que define como usurarios los intereses que superan en al menos seis puntos el interés medio del mercado. En la práctica, esto supone un tipo de interés superior al 26%, tanto para tarjetas renovables contratadas antes de 2010, cuando el Banco de España publicó el primer dato de su tipo de interés (19,32%), como posteriormente, desde entonces, el tipo medio fluctuó. alrededor del 20%.
La OCU lamenta este «amplio margen» fijado por el Alto Tribunal, ya que cree que permite a los bancos «aumentar el interés de las tarjetas renovables que se había reducido significativamente en los últimos años».
No obstante, la OCU recuerda que, sea cual sea el tipo definido en el contrato, el juzgado civil «generalmente falla a favor» de los consumidores por la «frecuente falta de transparencia» a la hora de firmar contratos de tarjetas renovables con las entidades financieras que las ofrecen.

