La Corte Suprema no ve una afrenta al honor en estar en la lista de morosos si existe el requisito de pagar por adelantado

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El Tribunal Supremo considera que no hay atentado al honor si un ciudadano está inscrito en la lista de morosos pero ha sido previamente notificado y solicitado el pago de la deuda pendiente.

Así lo establece el Alto Tribunal en tres sentencias del Pleno de la Sala Primera, que resuelven tres recursos relacionados con la exigencia de pago previo al deudor, que es uno de los requisitos de «legalidad» de la inclusión de datos personales en expedientes de información crediticia, mejor conocidos como expedientes de morosidad.

Hildelita Carrera Cedillo
Andrés Vargas