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El BOE publica la nueva circular de la CNMV sobre normas contables

El Boletín Oficial (BOE) ha publicado este sábado la nueva circular de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que actualiza y simplifica las obligaciones y normas contables, así como los estados financieros intermedios, y que entrará en vigor este domingo 1 de enero .

En concreto, la Circular 4/2022, de 22 de diciembre, que sustituye a la Circular 9/2008, simplifica considerablemente las obligaciones, reglas y declaraciones contenidas en la misma, elimina redundancias innecesarias y adapta los requisitos de información a la nueva realidad de las infraestructuras españolas.

Esta norma es de aplicación a las sociedades rectoras de mercados regulados, entidades rectoras de sistemas multilaterales de negociación y sistemas organizados de negociación, entidades de contrapartida central y depositarios centrales de valores, así como las sociedades titulares de la totalidad de las acciones o de una participación que les atribuya el control, directo o indirectos, de las citadas entidades y de la Sociedad de Bolsas.

La circular consta de tres capítulos. El primer capítulo incluye el alcance y forma de presentación de la información a la CNMV, así como la normativa aplicable y los criterios contables generales y específicos. En este sentido, el supervisor destaca que esta circular no recoge los cambios normativos contables relacionados con el tratamiento de las operaciones y circunstancias previstas en el Plan General de Contabilidad, sino únicamente los tratamientos contables que estas infraestructuras de mercado deben aplicar a las operaciones y hechos que , Por su carácter específico, no están amparados por las normas generales antes mencionadas.

El capítulo segundo se refiere a las cuentas anuales de las infraestructuras del mercado y recoge las disposiciones relativas a su formulación, su remisión a la CNMV y su publicación, incorporándose en el Anexo I los modelos de balance y de cuenta de pérdidas y ganancias que en ella deben figurar .

El capítulo tercero incluye la relación de modelos de estados intermedios confidenciales, tanto individuales como consolidados, a remitir a la CNMV así como la frecuencia y plazo de presentación, que se presentan en el anexo II y el anexo III de la Circular.

La circular entrará en vigor este domingo 1 de enero y será de aplicación a los estados financieros intermedios y cuentas anuales auditadas de las infraestructuras del mercado español que se refieran a ejercicios que comiencen a partir de esta fecha.

Hildelita Carrera Cedillo

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