La Asociación Nacional de Inspectores Locales de la Hacienda Pública (ANIHPL) ha celebrado la «tranquilidad jurídica» que ha supuesto la desestimación del recurso de inconstitucionalidad contra el nuevo impuesto a las plusvalías por parte del Tribunal Constitucional.
La Asociación considera que, pendiente del contenido de la sentencia, su alcance es muy positivo para la fiscalidad local, marcada por la permanente inseguridad jurídica en España, según nota de prensa.
Así, en una nota publicada el pasado 9 de marzo respecto al recurso interpuesto por el Partido Popular (PP), el TC aprueba el reglamento del Real Decreto-ley 26/2021 que recoge el nuevo diseño del impuesto sobre el incremento de valor de los Terrenos de Carácter Urbano (IIVTNU), más conocido como Adiciones Municipales. La antigua plusvalía fue declarada inconstitucional por este tribunal el 26 de octubre de 2021.
Los inspectores de Hacienda locales consideran que el nuevo Real Decreto-ley 26/2021 se justifica por razones de extraordinaria y urgente necesidad y no afecta a los límites materiales que impone la Constitución a este tipo de normas. “Una sentencia que invita a pensar que el Tribunal Constitucional mantendrá el mismo criterio a la hora de resolver otro recurso similar planteado por Vox”, ha dicho la Asociación.
PENDIENTES DE LA CORTE SUPREMA
En cuanto a las plusvalías municipales, queda por conocer la decisión que adoptará el Tribunal Supremo sobre la entrada en vigor de los efectos de la declaración de inconstitucionalidad de las plusvalías municipales. El Alto Tribunal delibera si procede aplicar dicha inconstitucionalidad a partir del 26 de octubre de 2021 -fecha en la que se dictó la condena- o a partir del 25 de noviembre del mismo año, fecha en la que se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE ).
Los Inspectores de Hacienda locales recordaron que la litigiosidad fiscal local no es exclusiva de las plusvalías municipales, sino que también atañe, entre otros, al Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), al Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) o al Impuesto de Construcciones. , Instalaciones y Obras (ICIO).