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El nuevo sistema de cotización para autónomos en función de la renta real, que tendrá un período transitorio de nueve años, hasta 2032, comenzará a aplicarse a partir de este 1 de enero, con 15 tramos de cuotas que pasarán de los 230 euros a los 500 euros y variará hasta 2025, en función de los ingresos netos de los autónomos.
Este sistema es fruto de un convenio entre el Gobierno y las organizaciones independientes ATA, UPTA y Uatae y comprende 15 tramos para los años 2023, 2024 y 2025. Los autónomos tendrán la posibilidad de cambiar de tramo cada dos meses, con un total de seis cambios al año, para adaptar tu aportación a las previsiones de ingresos de cada periodo del año y de tu actividad profesional.
El nuevo régimen define el concepto de renta líquida, que se calculará deduciendo de la renta todos los gastos incurridos en el ejercicio de la actividad y necesarios para la obtención de una renta por parte del trabajador por cuenta propia.
Sobre esta cantidad se aplicará también una deducción por gastos genéricos del 7% (3% para autónomos). El resultado será la cifra que determinará la base de cotización y la cuota correspondiente.
Al finalizar el ejercicio y una vez conocidos los ingresos netos anuales, se regularizarán las aportaciones, reembolsando o reclamando a plazos en caso de que el último tramo de ingresos netos sea inferior o superior al señalado por las previsiones durante el ejercicio. ‘año.
Con el nuevo sistema de cotización se prevé que uno de cada dos autónomos cotizará menos que en la actualidad, mientras que un 25% cotizará más y un 25% cotizará menos.
CUOTAS Y SECCIONES
En 2023, la cotización para un autónomo cuyos ingresos netos (ingresos menos gastos) sea igual o inferior al Salario Mínimo Interprofesional será de 230 euros. En 2024 se reducirá a 225 y en 2025 pagarás 200 euros.
Para aquellos cuyos ingresos netos sean superiores a 1.300 euros e inferiores o iguales a 1.500 euros, y superiores a 1.500 euros e inferiores o iguales a 1.700 euros, la cuota se mantendrá en 294 euros durante los tres años.
Mientras que en los tramos de menor rentabilidad la cuota también disminuye entre 2023 y 2025, a partir de rentabilidades netas superiores a 1.700 euros la cuota aumenta a lo largo de estos tres años.
Así, un autónomo que tenga unos ingresos netos superiores a 3.620 euros y hasta 4.050 euros, o iguales a esta cantidad, (tramo 13) pagará 100 euros más de cuota entre 2023 y 2025. En 2023 empezará a paga 390 euros, aumentará a 400 euros en 2024 y a 490 en 2025.
En el último tramo, el decimoquinto, se encuentran todos los autónomos cuya renta neta sea superior a 6.000 euros. Su cuota para este 2023 será de 500 euros, subirá a 530 euros el año siguiente y llegará a 590 euros en 2025.
Al final de estos tres años, el Gobierno y los agentes sociales tendrán que acordar los tramos para los próximos años, hasta 2032.
TASA REDUCIDA POR INICIO DE ACTIVIDAD
El paquete del actual Régimen Especial de Trabajadores Independientes (RETA) también está incluido en el nuevo modelo, aunque se denominará tarifa reducida para los trabajadores autónomos que inicien su actividad y será de 80 euros mensuales durante doce meses para todos los nuevos Trabajadores por cuenta propia.
Pasado este plazo, esta cotización reducida sólo se extenderá a los autónomos que no hayan conseguido aumentar su rentabilidad y se hayan quedado por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Para los demás, se aplicará la cotización correspondiente a su tramo de cotización en función de sus ingresos netos.
Este nuevo sistema de cotización también pretende mejorar las pensiones de los autónomos, que actualmente son un 43% inferiores a las de los trabajadores por cuenta ajena, así como garantizar sus prestaciones sociales.
Esta diferencia entre las pensiones de autónomos y trabajadores por cuenta ajena, de unos 600 euros mensuales, se debe a que el 84% de los afiliados al RETA cotizan a la base mínima, de unos 300 euros, que repercute en su pensión de jubilación.
Dado que el actual sistema de compensación de los autónomos no ha conseguido sus objetivos cualitativos ni cuantitativos, en el marco del cese parcial se ha establecido una bonificación para los autónomos con asalariados, para los autónomos sin empleados y por fuerza mayor. Ninguno de ellos tendrá que darse de baja del RETA ni cerrar el establecimiento. La prestación será el equivalente al 50% de la base reguladora y será compatible con otra actividad, por un período de entre cuatro meses y dos años.
SIMULADOR PARA CALCULAR LAS CUOTAS DE LOS AUTÓNOMOS
La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha puesto en marcha un simulador de información para los autónomos para calcular la cuota que les corresponde con el nuevo sistema de cotización sobre los ingresos netos que entrará en vigor a finales de 2023.
Esta calculadora está disponible a través del portal Importass (en la zona pública, donde también hay información sobre el nuevo sistema, claves sobre cómo calcular las devoluciones y pasos a seguir en los próximos meses).
El autónomo deberá indicar el tramo en el que se encuentran los rendimientos que espera obtener y el simulador le indicará las tarifas mínimas y máximas para cada tramo correspondiente.
El calculador de la Seguridad Social también proporcionará un desglose de cotizaciones, tales como riesgos comunes, riesgos profesionales, cese de actividad y formación profesional, así como la base de cotización. También permitirá a los trabajadores autónomos conocer las prestaciones a las que tienen derecho, según su base de cotización.
Además, a partir de este mes de enero, Importass integrará nuevas funcionalidades para gestionar los trámites bajo el nuevo sistema. Así, el autónomo podrá comunicar la rentabilidad esperada, elegir fácilmente su base de cotización o solicitar y modificar las prestaciones aplicables.
La Seguridad Social también tiene previsto el desarrollo de otro simulador personalizado.